La Justicia frenó el DNU de Milei que restringía derechos de las infancias trans

Una medida cautelar suspende en todo el país los efectos del decreto 62/2025, tras el amparo presentado por la Federación Argentina LGBT+. Organizaciones y referentes celebraron el fallo como un logro colectivo, mientras la causa sigue en trámite hacia una sentencia definitiva.

La Cámara Contencioso Administrativo Federal dictó una medida cautelar con alcance nacional que suspende los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia 62/2025, firmado por Javier Milei en febrero de este año. La decisión judicial llega en el marco de un amparo colectivo presentado por la Federación Argentina LGBT+ (FALGBT+) y frena, al menos hasta que se dicte sentencia definitiva sobre su constitucionalidad, las restricciones que el decreto imponía a las infancias y adolescencias trans.

El DNU 62/2025 había modificado el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género (26.743) para impedir que las personas menores de 18 años accedieran a intervenciones quirúrgicas o tratamientos hormonales de adecuación corporal a su identidad de género, algo que la ley original permitía mediante consentimiento informado. Con la cautelar, esa restricción queda sin efecto en todo el territorio nacional: se garantiza la continuidad de los tratamientos ya iniciados, la posibilidad de comenzar otros nuevos, y la cobertura al 100% por parte de obras sociales y prepagas, tal como establecía la ley antes del decreto.

El fallo no pone fin al proceso judicial: la Justicia todavía debe expedirse sobre la constitucionalidad de fondo del DNU 62/2025. Hasta entonces, la Ley de Identidad de Género vuelve a regir plenamente para las infancias y adolescencias trans en toda la Argentina.


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