Perú: el Congreso rechaza en comisión el tratamiento del proyecto de ley de Matrimonio Igualitario

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos archivó el proyecto de ley que buscaba reconocer la protección jurídica para parejas homoafectivas bajo la figura del matrimonio.

Con 12 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, presidida por América Gonza (Perú Libre), archivó la iniciativa legislativa 525/2021-CR, que buscaba el reconocimiento de la protección jurídica para parejas homoafectivas bajo la figura del matrimonio.

La congresista Ruth Luque (Cambio Democrático) comentó que la Comisión debió abordar de manera conjunta este proyecto de ley y la iniciativa N.º 2803/2022-CR, que propone regular los efectos jurídicos de la unión civil y que también se debatió en la jornada. Para ello presentó una cuestión previa, aunque finalmente fue rechazada.

“Pese a varias opiniones a favor, una mayoría sostuvo que el matrimonio no es un derecho. Que la lucha por más derechos siga”, escribió Luque en Twitter, tras el archivo de la iniciativa que elevó en octubre de 2021.

Previamente, la abogada Brenda Álvarez, especialista en derechos sexuales y reproductivos y litigio estratégico, lamentó que la Comisión haya recurrido a argumentos religiosos y referidos a la “ley natural”, pese a que el matrimonio igualitario no solo formaliza ante la ley el proyecto de vida que dos personas comparten, sino que garantiza el goce de los derechos correspondientes a los cónyuges.

Imagen ilustrativa

Proyecto de unión civil


En tanto, el proyecto de ley que establece la unión civil de personas del mismo sexo, presentado en 2022 por Alejandro Cavero (Avanza País), no pasó al archivo con siete votos a favor, de modo que continuará en análisis.

imagen ilustrativa /Perú 2015

La iniciativa planea cambiar la definición de la unión civil a “institución constituida por dos personas del mismo sexo o del sexo opuesto, denominados convivientes civiles, unidos voluntariamente para compartir un proyecto de vida en común, para lo cual se obligan mutuamente, uno frente al otro, para su cuidado, apoyo mutuo y toma de decisiones relevantes en la vida de ambos”.

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