Este 14 de julio se conmemora el día internacional de la visibilidad no binaria, en representación de las personas que no se identifican total o parcialmente con los géneros binarios-cis asignados al nacer (masculino y femenino), tales como el género fluido, agénero, bigénero, demigénero, no binarie, entre otras identidades y existencias dentro del espectro no binario.
Desde 2012, en Argentina, rige la Ley de Identidad de Género que reconoce que todas las personas tienen derecho a un trato digno y acorde a su identidad, entendiéndose por ésta “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente” (art. 2) e indica que toda persona tiene derecho a “ser tratada de acuerdo con su identidad de género”, y en particular, “a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada” (art. 1).
En nuestro país, el 20 de julio de 2021 por Decreto 476/2021 del Poder Ejecutivo Nacional se establecieron tres opciones (F/M/X) para el campo «sexo» en los documentos de identidad. La opción “X” fue establecida para las «acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino»