El Gobierno de Pedro Sánchez negociará próximamente y de manera bilateral con el Gobierno de la Comunidad de Madrid que lidera Isabel Díaz Ayuso, las leyes trans y contra la LGTBIfobia madrileñas. Según ha podido saber Público, el Ejecutivo autonómico ha aceptado este mismo lunes abrir el procedimiento negociado habitual en este tipo de conflictos entre administraciones. Si no hay acuerdo, el Gobierno recurrirá al Tribunal Constitucional (TC).
La iniciativa está impulsada por el Ministerio de Igualdad encabezado por Ana Redondo. Pero los cauces formales de este tipo de negociaciones los efectúa el Ministerio de Política Territorial de Ángel Víctor Torres, encargado de enviar un requerimiento para la puesta en marcha de la Comisión Bilateral de Cooperación. En el Gobierno consideran que hay varios artículos del redactado actual de las leyes madrileñas que entran en colisión con la ley estatal, aprobada durante la pasada legislatura con Irene Montero como ministra.
El plazo legal establecido para llegar a un acuerdo en este tipo de procesos es de un máximo de seis meses. Como informó este medio, desde que Sánchez llegó a Moncloa, la conflictividad con las comunidades autónomas se ha reducido de forma considerable. En Moncloa destacan la apuesta por el «diálogo» con las comunidades para evitar llegar al TC durante estos años. Está por ver si en este caso concreto lo lograrán, en un contexto de máxima tensión entre Ayuso y el Gobierno de Sánchez.
¿Qué está en juego para las personas trans y LGTBi?
Con la derogación en la Comunidad de Madrid, se modificaban dichas leyes para eliminar derechos fundamentales para este colectivo. A la ley LGTBI+ la vaciaron de contenido y a la ley trans la despojaron de su pilar central, la «autodeterminación de género» o «identificación de género libremente manifestada».
Fuentes de Política Territorial y de Igualdad destacan a este medio que la Ley autonómica de Protección Integral Contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e identidad Sexual «patologiza la transexualidad y establece el tutelaje médico«. En este sentido, el artículo 14 traslada la idea de que la transexualidad en personas menores constituye una patología y establece como «requisito necesario» el apoyo de profesionales de salud mental y su mantenimiento durante todo el tratamiento.
En caso de un menor trans quisiera iniciar su transición, se volvería a requerir de un informe médico, una medida que patologiza a las personas trans. Esto se materializa en que niñas, niños y niñes trans se vean obligados a tener su antiguo nombre en documentos como la tarjeta sanitaria o el abono de transporte.
En los apartados 15 y 17 de la ley se especifican los derechos de utilización de espacios por parte de las personas trans «sin menoscabo de los derechos y la intimidad del resto de usuarios, especialmente mujeres, chicas o niñas». Se refiere al uso de espacios comunes en función del sexo (en centros de menores, pisos tutelados, residencias de tercera edad…). Algo que a juicio del Gobierno vulnera el artículo 14 de la Constitución al menoscabar el principio de igualdad. «Es un uso discriminatorio del lenguaje», apuntan las fuentes consultadas.
Por último, la ley estatal establece una prohibición expresa de terapias aversivas o de conversión incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada o de su representante legal. En este caso, la modificación de la ley de la Comunidad de Madrid añade la coletilla: «sin que el asesoramiento psicológico pueda considerarse discriminatorio ni contrario a la libertad de la persona evaluada».
La reforma también eliminó sobre el papel la inversión de la carga de la prueba (que obliga al acusado de discriminar a personas trans a demostrar su inocencia). Un principio reconocido tanto por el Tribunal Constitucional como por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su jurisprudencia. Y que, a su vez, en España está reglado por las Leyes procesales y reguladores de Procedimientos Administrativos y por la llamada ‘ley Zerolo’ de aplicación estatal.
Respecto la Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y No Discriminación, la modificación de esta Ley por parte del Gobierno de Ayuso niega a asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI la legitimación para presentarse como acusación o representar a víctimas en procesos penales o administrativos sancionadores. «Este artículo vulnera el artículo 149 de la CE que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia procesal y no diferencia ningún procedimiento», señalan las fuentes de ambos ministerios.
El PP aseguraba que se trataba de una mera «modificación» de ambas leyes y que se habían reunido con los colectivos LGTBI+ para llevarlas a cabo. Nada más lejos de la realidad, las asociaciones aseguraron que no habían sido escuchadas por el Gobierno madrileño y que solo recibieron en la Asamblea de Madrid a la asociación tránsfoba Agrupación Amanda, un lobby que alienta ‘bulos ‘fake news’ basadas en el porcentaje minoritario de personas que se arrepienten de hacer su transición.
En su momento, fuentes del Ministerio de Igualdad aseguraron a Público que «en ningún caso» era una «reforma necesaria» para adecuarse a la Ley 4/2023 para la igualdad trans y LGTBI+ y que tendría poca «incidencia real» debido a que la mayoría de cuestiones que se suprimían eran ya «de obligado cumplimiento e implementación por parte de las comunidades» tras la entrada en vigor de la ley trans. Es por esto que el Gobierno tiene la sartén por el mango a la hora de entablar la negociación.
También es cierto que para las asociaciones los derechos recortados eran un paso más en la estrategia de los gobiernos del PP de convertir en papel mojado estas leyes. Muchos de los derechos todavía no se llevaban diligentemente a cabo como, por ejemplo, la no patologización de las personas trans a las que se les seguía pidiendo un diagnóstico o las infracciones a aquellos que realizaban terapias de conversión.
El Gobierno toma por tanto la iniciativa para revertir la derogación parcial de la ley y que se cumpla con lo dispuesto en la ley trans estatal. Una norma de obligado cumplimiento para todas las comunidades. En caso de que la negociación abierta no prosperase ni se consiguiera llegar a buen puerto, sería el TC quien decidiría.